Servicio de Asistencia

Servicio brindado por Iké Asistencia Argentina S.A. Las condiciones de este servicio podrán ser modificadas en el futuro, y dichas modificaciones se verán reflejadas en la página web www.ikeasistencia.com con una antelación de 30 días. En caso de que el cliente no desee continuar con las prestaciones del servicio contratado podrá solicitar la baja del mismo en forma gratuita comunicándose al 0-800-12222-43.


Tarjeta MasterCard® Internacional GE Money

Tarjeta sujeta a condiciones de contratación y análisis crediticio de GE Compañía Financiera S.A. Consulte condiciones de contratación, coberturas y límites del beneficio de Seguro de Vida, Incapacidad y Desempleo. Las operaciones de GE Compañía Financiera S.A. no cuentan con respaldo de los accionistas mayoritarios de capital extranjero, sin perjuicio de la legislación vigente aplicable en la materia.


Préstamo Personal GE Money

Préstamo en pesos. Condiciones de contratación y análisis crediticio de GE Compañía Financiera S.A. (“GE”) Las operaciones de GE no cuentan con respaldo de los accionistas mayoritarios de capital extranjero, sin perjuicio de la legislación vigente aplicable en la materia.


BASES Y CONDICIONES DE LA PROMOCION “PROGRAMA DE RECOMPENSAS DE BUENOS CLIENTES DE PRÉSTAMOS PERSONALES EN EFECTIVO GE DEL MES DE AGOSTO”

GE Compañía Financiera S.A. (en adelante el “ORGANIZADOR”), con domicilio en Ingeniero Butty 240, Piso 11°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, realiza la acción promocional denominada “Programa de recompensas de buenos clientes de préstamos personales en efectivo GE del mes de Junio” (en adelante la “PROMOCIÓN”), la cual regirá en todo el territorio de la República Argentina, excepto en las Provincias de Córdoba y Mendoza comenzando el 01 de Agosto del 2009  y finalizando el 30 de noviembre de 2009., la que se ajustará a las siguientes condiciones (las “BASES Y CONDICIONES”).

CLAUSULA PRIMERA: Podrán participar de la PROMOCION las personas físicas, capaces y mayores de 18 años, domiciliadas en la República Argentina, excepto en las Provincias de Córdoba y Mendoza. En esta PROMOCIÓN no podrán participar empleados ni directivos del ORGANIZADOR, ni sus parientes consanguíneos o afines en línea recta hasta el segundo grado.

CLAUSULA SEGUNDA - SIN OBLIGACION DE COMPRA: La participación en la PROMOCION no implica obligación de compra alguna. Toda persona física, capaz y mayor de 18 años, domiciliada en la República Argentina (excepto en las Provincias de Córdoba y Mendoza) podrá participar de la siguiente forma:

a) (i) Personalmente, retirando hasta un cupón por persona de lunes a viernes en el horario de 10.00 hs. a 14.00 hs. En Juan Bautista de La Salle 653 – 1° Piso, Edificio Edison, San Isidro, Provincia de Buenos Aires; o (ii) enviando una carta por correo a la calle Juan Bautista de La Salle 653 – 1° Piso, Edificio Edison, San Isidro,  Provincia de Buenos Aires, dirigida al departamento de Marketing, en la que en forma clara y legible diga “quiero ser el ganador de la promoción programa de recompensa de buenos clientes de los préstamos GE Money del mes de Junio” y la que deberá contener en forma clara y legible la totalidad de la siguiente información: (i) nombre y apellido del participante, (ii) fecha de nacimiento, (iii) Documento Nacional de Identidad, (iv) domicilio, (v) teléfono y (vi) ocupación. De esta forma se generará un registro por persona por cada carta que contenga la información requerida que será incorporado a la base de concursantes del mes.

b) A los clientes del ORGANIZADOR que sean titulares de un préstamo personal en efectivo GE Money (“Préstamo”)y que al 30 de octubre del 2009, no se encuentren en mora y hayan pagado las cuotas de su Préstamo en la primera fecha de su vencimiento o antes de esa fecha. Quienes cumplan con estas condiciones serán incorporados en forma automática a la base de concursantes quienes participarán del sorteo del PREMIO (tal como dicho término se define en la cláusula cuarta de las presentes BASES Y CONDICIONES 
CLAUSULA TERCERA: Mecánica de la PROMOCIÓN: para participar en la PROMOCIÓN cada interesado deberá haber cumplido con las condiciones expuestas en la cláusula Segunda de estas bases y condiciones.
Todos los clientes en condiciones de participar del sorteo generados de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Segunda de las presentes BASES Y CONDICIONES serán ingresados en forma automática a los registros del ORGANIZADOR con la finalidad de participar en el sorteo del PREMIO.

CLAUSULA CUARTA: El sorteo tendrá lugar entre los dias 10 y 15 de noviembre de 2009, en Juan Bautista de La Salle 653 – 1° Piso, Edificio Edison, San Isidro, Prov. de Buenos Aires, mediante extracción simple y al azar de cinco (5) registros de clientes, (tres ganadores y 2 suplentes) a través de la utilización de un software que seleccionará un cliente  al azar, cliente que de cumplir con las condiciones de participación será considerado ganador del PREMIO (tal como se lo define en la presente cláusula). En caso que por cualquier motivo el cliente extraído no cumpliera con los requisitos establecidos en las presentes BASES Y CONDICIONES, se considerará nulo y se considerará ganador al primer cliente salido como suplente, el cual si cumpliera con las condiciones expresadas anteriormente, será considerado ganador.

El PREMIO consiste en abonar el saldo deudor del préstamo en efectivo GE Money de acuerdo con lo siguiente:

 

1- En el caso de que el saldo deudor del préstamo personal en efectivo GE Money sea igual o superior a $1.000, 00 (Pesos un mil) se entregará al titular de dicho préstamo un cheque cruzado no a la orden por un total de $1.000,00;

 

2-En el caso de que el saldo deudor del préstamo personal en efectivo GE   Money sea inferior a $1.000,00 (Pesos Un Mil), el titular del mencionado préstamo recibirá un cheque cruzado no a la orden equivalente a la totalidad del saldo deudor.


Dicho premio será entregado en lugar y fecha que el cliente designe como mínimo 10 días hábiles posteriores a la fecha de realización del sorteo.

El acto de selección del ganador será supervisado íntegramente por el gerente de Marketing del ORGANIZADOR quien estará a cargo de verificar el normal desarrollo y transparencia del acto. Cada participante podrá obtener un (1) solo PREMIO.

Los PREMIOS no son transferibles ni modificables, y no podrán ser reclamados por otras personas que no sean el ganador.

CLAUSULA QUINTA: El ORGANIZADOR informará el nombre del ganador del PREMIO por anuncio en las dependencias para la prestación de determinados servicios del ORGANIZADOR listadas en la cláusula décimo quinta del presente y en el sitio Web www.gemoney.com.ar dentro de los cinco (5) días hábiles de realizado el sorteo y durante diez (10) días corridos. Asimismo, se cursará notificación personal al ganador del PREMIO telefónicamente o por telegrama al domicilio indicado por el participante en el cupón, quien deberá presentarse a reclamarlo, en caso de corresponder, munido de su documento nacional de identidad, en el lugar y la fecha que allí se le indique conforme a lo descripto en la Cláusula Cuarta. Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula Séptima, el nombre y apellido del ganador podrá ser publicado por el ORGANIZADOR en un medio de circulación nacional dentro de los diez (10) días corridos de finalizado el sorteo, lo que es consentido por todo participante de la PROMOCIÓN por el solo hecho de participar en la misma.
La falta de presentación en el lugar y fecha convenidos hará perder automáticamente al ganador el derecho a recibir el PREMIO.
Si el ganador no se presentare a reclamar el PREMIO en dicho período de tiempo, se procederá a tomar a uno de los ganadores suplentes obtenidos en el sorteo,  bajo los mismos términos y condiciones estipuladas en las presentes BASES Y CONDICIONES y será comunicado a través de los puestos permanentes de promoción participantes de la PROMOCION y en el Sitio Web www.gemoney.com.ar durante cinco (5) días corridos. 
CLAUSULA SEXTA: La probabilidad matemática de acceder al PREMIO por el sorteo dependerá de clientes que cumplan con las condiciones de participación durante el período de la vigencia de la promoción. En forma estimada, en el supuesto de que participaran dos mil quinientos (2.500) cupones, la probabilidad de ganar un PREMIO por sorteo es de tres (3) en dos mil quinientos (2.500). Ello así, siempre y cuando todos los clientes extraídos cumplan con los demás requisitos de esta PROMOCIÓN.

CLAUSULA SEPTIMA: Por el solo hecho de participar en la PROMOCIÓN, el ganador autoriza al ORGANIZADOR a difundir sus datos, imágenes y voces con fines publicitarios, en los medios y formas que el ORGANIZADOR disponga sin derecho a compensación alguna, durante la vigencia de la PROMOCION y hasta un (1) año de finalizada la misma.

CLAUSULA OCTAVA: El ORGANIZADOR se reserva el derecho a establecer e interpretar aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en las presentes BASES Y CONDICIONES.

CLAUSULA NOVENA: Cuando circunstancias no imputables al ORGANIZADOR y no previstas en estas BASES Y CONDICIONES o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el ORGANIZADOR podrá cancelar, suspender, o modificar la PROMOCIÓN, aclarándose que, cualquier situación será ajustada a la legislación vigente en la materia y debidamente comunicada a los participantes.

CLAUSULA DECIMA: Los participantes eximen expresamente al ORGANIZADOR de toda responsabilidad ocasionada por cualquier daño o perjuicio sufrido por los participantes, proveniente de caso fortuito o fuerza mayor, hechos de terceros y/o cualquier responsabilidad que no le resultare imputable en forma directa al ORGANIZADOR.

CLAUSULA DECIMO PRIMERA: La participación en la PROMOCIÓN implica para todo participante el conocimiento y la aceptación integral de las presentes BASES Y CONDICIONES, así como las decisiones que adopte el ORGANIZADOR sobre cualquier cuestión prevista o no en las mismas. Las resoluciones tomadas por el ORGANIZADOR tendrán carácter de definitivas e inapelables toda vez que las mismas no resulten abusivas ni infundadas, y no perjudiquen dolosamente el derecho de los participantes.

CLAUSULA DECIMO SEGUNDA: Una vez entregado el PREMIO, el ORGANIZADOR quedará liberado de toda responsabilidad por el mismo.

CLAUSULA DECIMO TERCERA: Será a cargo del ORGANIZADOR todo impuesto que deba tributarse sobre o en relación con el PREMIO y toda suma de dinero que deba abonarse por cualquier concepto al estado nacional, sociedades del estado, provincias o municipalidades con motivo de la organización de la PROMOCION o del ofrecimiento del PREMIO.

CLAUSULA DECIMO CUARTA: Los PREMIOS no adjudicados, si los hubiere, serán utilizados por el ORGANIZADOR como premios de acciones promocionales a desarrollarse durante los años 2009 y/o 2010.

CLAUSULA DECIMO QUINTA - CONSULTE EN LOS LOCALES DE VENTA: En cumplimiento con la legislación vigente, las presentes BASES Y CONDICIONES estarán a la vista de los consumidores, disponibles para ser consultadas y solicitadas durante toda la vigencia de la PROMOCION, en las dependencias para la prestación de determinados servicios del ORGANIZADOR participantes de esta PROMOCION ubicadas en Dependencia Avellaneda, Av. Mitre 509, Provincia de Buenos Aires, Dependencia San Justo, Perú 2547, Provincia de Buenos Aires, Dependencia San Miguel, Av. Balbín 1130, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Lanús, 29 de Septiembre 1986, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Morón, Almirate Brown 764 / 772, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Constitución, Av. Brasil 1283, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dependencia Lomas de Zamora, C. Pellegrini 61, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Moreno, Merlo 2867, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Once,  Av Rivadavia 2650, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dependencia San Fernando, Alvear 1177, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Primera Junta, Rojas 18, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dependencia Monte Grande, Rojas 54, Provincia de Buenos Aires, Dependencia La Plata, Calle 46 N° 610 / 606, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Escobar, AV Tapia de Cruz 341, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Mar de Plata, Santa Fé N° 1862/78, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Boulogne, Av. Rolón 2261, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Rosario, San Martín 771, Provincia de Santa Fe, Dependencia Santiago del Estero, Tucumán Nº 187, Provincia de Santiago del Estero, Dependencia Santa Fé, Primera Junta N° 2549, Provincia de Santa Fe, Dependencia Tucumán calle Muñecas N° 363, Provincia de Tucumán, Dependencia Posadas, Córdoba N° 2025, Provincia de Misiones, Dependencia San Luis, Rivadavia N° 630, Provincia de San Luis, Dependencia Catamarca, San Martín N° 579 P.B., Provincia de Catamarca, Dependencia Boedo, Avenida Boedo N° 920, Ciudad Autónoma de Buenos Aires,  Dependencia Neuquén, Alcorta 130, Provincia de Neuquén, Dependencia San Nicolás, Mitre Nº 309, Provincia de Buenos Aires, Dependencia San Juan, Mendoza 110 sur, Provincia de San Juan, Dependencia Resistencia, Arturo Ilía 108, Provincia del Chaco,  Dependencia Corrientes, La Rioja 918, Provincia de Corrientes, Dependencia Paraná, San Martín 695, Provincia de Entre Ríos;  Dependencia Santa Rosa, Hipólito Irigoyen N° 126 PB, Provincia de La Pampa; Dependencia Salta San Martin 548, Provincia de Salta y en el sitio Web www.gemoney.com.ar.

 

BASES Y CONDICIONES DE LA ACCION PROMOCIONAL REGALO DE CUMPLEAÑOS CLIENTES GE MONEY NOVIEMBRE

 

GE Compañía Financiera S.A., (en adelante el “ORGANIZADOR”), con domicilio en Ingeniero Butty 240, Piso 11°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, realiza la acción promocional denominada LA ACCION PROMOCIONAL SORTEO POR $1000 CLIENTES GE MONEY NOVIEMBRE  (en adelante la “PROMOCIÓN”), la cual regirá en todo el territorio de la República Argentina, excepto en las Provincias de Córdoba y Mendoza, comenzando el día 1° de  NOVIEMBRE de 2009 y finalizando el 30 de NOVIEMBRE de 2009, la que se ajustará a las siguientes condiciones (las “BASES Y CONDICIONES”).

CLAUSULA PRIMERA: Podrán participar de la PROMOCION las personas físicas, capaces y mayores de 18 años, domiciliadas en la República Argentina, excepto en las Provincias de Córdoba y Mendoza.

En esta PROMOCIÓN no podrán participar empleados ni directivos del ORGANIZADOR, ni sus parientes consanguíneos o afines en línea recta hasta el segundo grado.

CLAUSULA SEGUNDA – SIN OBLIGACION DE COMPRA: La participación en la PROMOCION no implica obligación de compra alguna. Para participar en la PROMOCIÓN cada interesado deberá (i) haber obtenido un cupón en la forma que se detalla en la cláusula Tercera del presente y completarlo/s en todas sus partes conforme a las instrucciones contenidas en los mismos, indicando en forma clara y legible todos los datos allí solicitados; (ii) ser titular de una tarjeta de crédito MasterCard GE Money y cumplir con todos los requisitos y condiciones que se mencionan en la Cláusula Tercera
Para poder participar del sorteo por el premio que se indica en las presentes BASES Y CONDICIONES, todos los cupones válidos generados de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Tercera del presente deberán ser completados y presentados por los participantes en las dependencias del ORGANIZADOR listadas en la Cláusula Décimo Sexta del presente y/o ingresados en forma automática a los registros del ORGANIZADOR siempre y cuando cumpliera con los requisitos necesarios para participar detallados en la cláusula tercera en el sorteo del PREMIO.

CLAUSULA TERCERA: Condiciones para participar.

1. Los cupones podrán ser obtenidos de la siguiente forma:

Personalmente, retirando hasta un cupón por persona de lunes a viernes en el horario de 10.00 hs. a 14.00 hs. en Juan Bautista de La Salle 653, Piso 2° San isidro, CP 1642, San Isidro, Provincia de Buenos Aires;

Enviando una carta por correo a la calle Juan Bautista de La Salle 653, Piso 2° San Isidro, CP 1642, San Isidro Provincia de Buenos Aires, en la que en forma clara y legible diga en el dorso “quiero participar de la promoción Programa de Recompensas de Buenos Clientes de tarjetas MasterCard GE Money del mes de NOVIEMBRE de 2009”. La carta deberá contener en forma clara y legible la totalidad de la siguiente información: (a) nombre y apellido del participante, (b) fecha de nacimiento, (c) Documento Nacional de Identidad, (d) domicilio, (e) teléfono y (f) ocupación. Se generará un cupón por persona por cada carta que contenga la información requerida.

2.  Participarán también todos aquellos clientes que (i) hayan consumido con la tarjeta MasterCard Ge Money el mes inmediato anterior por un monto igual o superior a  $300 (pesos trescientos); (ii) que no se encuentren en mora en el pago de su tarjeta y (iii) que hayan abonado en término el total de los últimos 4 meses de sus resúmenes de cuenta. 

CLAUSULA CUARTA: PREMIO:

a) Todos los participantes de la PROMOCIÓN podrán participar del sorteo, el cual se realizará conforme a lo descripto en la Cláusula Quinta del presente, y por el cual en el caso de que el ganador haya participado conforme a lo establecido en el punto 2. de la Cláusula Tercera, será beneficiado con la acreditación por única vez de la suma de $2.500 (pesos dos mil quinientos) en la cuenta de su Tarjeta MasterCard GE Money en el resumen de cuenta próximo inmediato al sorteo. En el caso de que la persona que resulte ganadora del PREMIO no sea titular de una tarjeta de crédito MasterCard GE Money y haya participado conforme a los puntos (i) ó (ii) de la Cláusula Tercera, se le entregará un cheque cruzado no a la orden por la suma de $2.500 (pesos dos mil quinientos), el que le será entregado en Juan Bautista de La Salle 653, Piso 2° San Isidro, CP 1642, San Isidro Provincia de Buenos Aires dentro de los primeros cinco días del mes próximo inmediato al sorteo.


CLAUSULA QUINTA: El sorteo tendrá lugar entre el día 15 y el 20 de Noviembre de 2009 en el horario de 11 hs. en Juan Bautista de La Salle 653, Piso 2° San Isidro, CP 1642, San Isidro Provincia de Buenos Aires mediante extracción simple y al azar de un (1) cupón a través de la utilización de un software que seleccionará un número al azar, cupón que, que en caso de ser válido y estar debidamente completado será considerado ganador del PREMIO.

En caso que por cualquier motivo los cupones extraídos no cumplieran con los requisitos establecidos en las presentes BASES Y CONDICIONES, se considerarán nulos y se volverá a realizar una nueva extracción del mismo modo descripto anteriormente, hasta extraer uno debidamente generado, el cual será considerado ganador.

El acto de selección del ganador será supervisado íntegramente por el gerente de marketing del ORGANIZADOR, quien estará a cargo de verificar la transparencia del acto.

El PREMIO no es transferible ni modificable, y no podrá ser reclamado por otras personas que no sean el ganador.


CLAUSULA SEXTA: El ORGANIZADOR informará el nombre del ganador del PREMIO por anuncio en las dependencias para la prestación de determinados servicios del ORGANIZADOR listadas en la cláusula décimo quinta del presente y en el sitio Web www.gemoney.com.ar dentro de los cinco (5) días hábiles de realizado el sorteo y durante diez (10) días corridos. Asimismo, se cursará notificación personal al ganador del PREMIO telefónicamente o por telegrama al domicilio indicado por el participante en el cupón, quien deberá presentarse a reclamarlo, en caso de corresponder, muñido de su documento nacional de identidad, en el lugar y la fecha que allí se le indique conforme a lo descripto en la Cláusula Cuarta. Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula Séptima, el nombre y apellido del ganador podrá ser publicado por el ORGANIZADOR en un medio de circulación nacional dentro de los diez (10) días corridos de finalizado el sorteo, lo que es consentido por todo participante de la PROMOCIÓN por el solo hecho de participar en la misma.
La falta de presentación en el lugar y fecha convenidos hará perder automáticamente al ganador el derecho a recibir el PREMIO.
Si el ganador no se presentare a reclamar el PREMIO en el período mencionado en la cláusula Cuarta, se procederá a tomar a uno de los ganadores suplentes obtenidos en el sorteo,  bajo los mismos términos y condiciones estipuladas en las presentes BASES Y CONDICIONES y será comunicado conforme el primer párrafo de la presente Cláusula y a través de los puestos permanentes de promoción participantes de la PROMOCION y en el Sitio Web www.gemoney.com.ar durante cinco (5) días corridos. 


CLAUSULA SEPTIMA: La probabilidad matemática de acceder al PREMIO por el sorteo dependerá de la cantidad de cupones debidamente completados y generados durante la vigencia de la presente PROMOCIÓN. En forma estimada, en el supuesto de que participaran 2.500 (dos mil quinientos) cupones, la probabilidad de ganar un PREMIO por sorteo es de 1 (uno) en 2.500 (dos mil quinientos). Ello así, siempre y cuando todos los cupones extraídos estén debidamente completos y cumplan con los demás requisitos de esta PROMOCIÓN.


CLAUSULA OCTAVA: Por el solo hecho de participar en la PROMOCIÓN, el ganador autoriza al ORGANIZADOR a difundir sus datos, imágenes y voces con fines publicitarios, en los medios y formas que el ORGANIZADOR disponga sin derecho a compensación alguna, durante la vigencia de la PROMOCION y hasta un (1) año de finalizada la misma.


CLAUSULA NOVENA: El ORGANIZADOR se reserva el derecho a establecer e interpretar aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en las presentes BASES Y CONDICIONES.


CLAUSULA DECIMA: Cuando circunstancias no imputables al ORGANIZADOR y no previstas en estas BASES Y CONDICIONES o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el ORGANIZADOR podrá cancelar, suspender, o modificar la PROMOCIÓN, aclarándose que, cualquier situación será ajustada a la legislación vigente en la materia y debidamente comunicada a los participantes.


CLAUSULA DECIMO PRIMERA: Los participantes eximen expresamente al ORGANIZADOR de toda responsabilidad ocasionada por cualquier daño o perjuicio sufrido por los participantes, proveniente de caso fortuito o fuerza mayor, hechos de terceros y/o cualquier responsabilidad que no le resultare imputable en forma directa al ORGANIZADOR.


CLAUSULA DECIMO SEGUNDA: La participación en la PROMOCIÓN implica para todo participante el conocimiento y la aceptación integral de las presentes BASES Y CONDICIONES, así como las decisiones que adopte el ORGANIZADOR sobre cualquier cuestión prevista o no en las mismas. Las resoluciones tomadas por el ORGANIZADOR tendrán carácter de definitivas e inapelables toda vez que las mismas no resulten abusivas ni infundadas, y no perjudiquen dolosamente el derecho de los participantes.


CLAUSULA DECIMO TERCERA: Una vez entregado el PREMIO, el ORGANIZADOR quedará liberado de toda responsabilidad por el mismo.


CLAUSULA DECIMO CUARTA: Será a cargo del ORGANIZADOR todo impuesto que deba tributarse sobre o en relación con el PREMIO y toda suma de dinero que deba abonarse por cualquier concepto al estado nacional, sociedades del estado, provincias o municipalidades con motivo de la organización de la PROMOCION o del ofrecimiento del PREMIO.


CLAUSULA DECIMO QUINTA: Los PREMIOS no adjudicados, si los hubiere, serán utilizados por el ORGANIZADOR como premios de acciones promocionales a desarrollarse durante los años 2009 y/o 2010.

CLAUSULA DECIMO SEXTA - CONSULTE EN LOS PUESTOS PARA LA PRESTACIÓN DE DETERMINADOS SERVICIOS – CONSULTE EN LOS LOCALES DE VENTA: En cumplimiento con la legislación vigente, las presentes BASES Y CONDICIONES estarán a la vista de los consumidores, disponibles para ser consultadas y solicitadas durante toda la vigencia de la PROMOCION, en las dependencias para la prestación de determinados servicios del ORGANIZADOR ubicadas en Dependencia Avellaneda, Av. Mitre 509, Provincia de Buenos Aires, Dependencia San Justo, Perú 2547, Provincia de Buenos Aires, Dependencia San Miguel, Av. Balbín 1130, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Lanús, 29 de Noviembre 1986, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Morón, Almirate Brown 764 / 772, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Constitución, Av. Brasil 1283, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dependencia Lomas de Zamora, C. Pellegrini 61, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Moreno, Merlo 2867, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Once,  Av Rivadavia 2650, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dependencia San Fernando, Alvear 1177, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Primera Junta, Rojas 18, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dependencia Monte Grande, Rojas 54, Provincia de Buenos Aires, Dependencia La Plata, Calle 46 N° 610 / 606, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Escobar, AV Tapia de Cruz 341, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Mar de Plata, Santa Fé N° 1862/78, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Boulogne, Av. Rolón 2261, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Rosario, San Martín 771, Provincia de Santa Fe, , Dependencia Santiago del Estero, Tucumán Nº 187, Provincia de Santiago del Estero, Dependencia Santa Fé, Primera Junta N° 2549, Provincia de Santa Fe, Dependencia Tucumán calle Muñecas N° 363, Provincia de Tucumán, Dependencia Posadas, Córdoba N° 2025, Provincia de Misiones, Dependencia San Luis, Rivadavia N° 630, Provincia de San Luis, Dependencia Catamarca, San Martín N° 579 P.B., Provincia de Catamarca, Dependencia Boedo, Avenida Boedo N° 920, Ciudad Autónoma de Buenos Aires,  Dependencia Neuquén, Alcorta 130, Provincia de Neuquén, Dependencia San Nicolás, Mitre Nº 309, Provincia de Buenos Aires, Dependencia San Juan, Mendoza 110 sur, Provincia de San Juan, Dependencia Resistencia, Arturo Ilía 108, Provincia del Chaco,  Dependencia Corrientes, La Rioja 918, Provincia de Corrientes, Dependencia Paraná, San Martín 695, Provincia de Entre Ríos, Dependencia Santa Rosa, Hipólito Irigoyen N° 126 PB, Provincia de La Pampa y en el Sitio Web www.gemoney.com.ar.


BASES Y CONDICIONES DE LA ACCION PROMOCIONAL DEVOLUCION DE EFECTIVO CLIENTES GE MONEY NOVIEMBRE

 

GE Compañía Financiera S.A., (en adelante el “ORGANIZADOR”), con domicilio en Ingeniero Butty 240, Piso 11°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, realiza la acción promocional denominada “ ACCION PROMOCIONAL DEVOLUCION DE EFECTIVO CLIENTES GE MONEY NOVIEMBRE” (en adelante la “PROMOCIÓN”), la cual regirá en todo el territorio de la República Argentina. Comenzando el día 1° de  NOVIEMBRE de 2009 y finalizando el 30 de NOVIEMBRE de 2009, la que se ajustará a las siguientes condiciones (las “BASES Y CONDICIONES”).


CLAUSULA PRIMERA: Podrán participar de la PROMOCION las personas físicas, capaces y mayores de 18 años, domiciliadas en la República Argentina, 

En esta PROMOCIÓN no podrán participar empleados ni directivos del ORGANIZADOR, ni sus parientes consanguíneos o afines en línea recta hasta el segundo grado.


CLAUSULA SEGUNDA :Participarán todos aquellos clientes titulares que (i) hayan consumido con la tarjeta MasterCard GE Money en los últimos cuatro meses un monto igual o superior a $1500, (ii) que no se encuentren en mora en el pago de su tarjeta y (iii) que hayan realizado en los últimos 4 meses pagos totales de sus resúmenes de cuenta.
En el caso que el titular de una tarjeta MasterCard GE Money cumpla con todos dichos requisitos se le acreditará automáticamente el importe de $100 (pesos cien)  en el resumen del mes inmediato siguiente al de la Promoción.


CLAUSULA TERCERA: El ORGANIZADOR se reserva el derecho a establecer e interpretar aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en las presentes BASES Y CONDICIONES.


CLAUSULA CUARTA: Cuando circunstancias no imputables al ORGANIZADOR y no previstas en estas BASES Y CONDICIONES o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el ORGANIZADOR podrá cancelar, suspender, o modificar la PROMOCIÓN, aclarándose que, cualquier situación será ajustada a la legislación vigente en la materia y debidamente comunicada a los participantes.


CLAUSULA QUINTA: Los participantes eximen expresamente al ORGANIZADOR de toda responsabilidad ocasionada por cualquier daño o perjuicio sufrido por los participantes, proveniente de caso fortuito o fuerza mayor, hechos de terceros y/o cualquier responsabilidad que no le resultare imputable en forma directa al ORGANIZADOR.


CLAUSULA SEXTA: La participación en la PROMOCIÓN implica para todo participante el conocimiento y la aceptación integral de las presentes BASES Y CONDICIONES, así como las decisiones que adopte el ORGANIZADOR sobre cualquier cuestión prevista o no en las mismas. Las resoluciones tomadas por el ORGANIZADOR tendrán carácter de definitivas e inapelables toda vez que las mismas no resulten abusivas ni infundadas, y no perjudiquen dolosamente el derecho de los participantes.


CLAUSULA SEPTIMA: Una vez entregado el PREMIO, el ORGANIZADOR quedará liberado de toda responsabilidad por el mismo.


CLAUSULA OCTAVA: Será a cargo del ORGANIZADOR todo impuesto que deba tributarse sobre o en relación con el PREMIO y toda suma de dinero que deba abonarse por cualquier concepto al estado nacional, sociedades del estado, provincias o municipalidades con motivo de la organización de la PROMOCION o del ofrecimiento del PREMIO.


CLAUSULA NOVENA: Los PREMIOS no adjudicados, si los hubiere, serán utilizados por el ORGANIZADOR como premios de acciones promocionales a desarrollarse durante los años 2009 y/o 2010.

CLAUSULA DECIMA - CONSULTE EN LOS PUESTOS PARA LA PRESTACIÓN DE DETERMINADOS SERVICIOS – CONSULTE EN LOS LOCALES DE VENTA: En cumplimiento con la legislación vigente, las presentes BASES Y CONDICIONES estarán a la vista de los consumidores, disponibles para ser consultadas y solicitadas durante toda la vigencia de la PROMOCION, en las dependencias para la prestación de determinados servicios del ORGANIZADOR ubicadas en Dependencia Avellaneda, Av. Mitre 509, Provincia de Buenos Aires, Dependencia San Justo, Perú 2547, Provincia de Buenos Aires, Dependencia San Miguel, Av. Balbín 1130, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Lanús, 29 de Noviembre 1986, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Morón, Almirate Brown 764 / 772, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Constitución, Av. Brasil 1283, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dependencia Lomas de Zamora, C. Pellegrini 61, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Moreno, Merlo 2867, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Once,  Av Rivadavia 2650, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dependencia San Fernando, Alvear 1177, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Primera Junta, Rojas 18, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dependencia Monte Grande, Rojas 54, Provincia de Buenos Aires, Dependencia La Plata, Calle 46 N° 610 / 606, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Escobar, AV Tapia de Cruz 341, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Mar de Plata, Santa Fé N° 1862/78, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Boulogne, Av. Rolón 2261, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Rosario, San Martín 771, Provincia de Santa Fe, , Dependencia Santiago del Estero, Tucumán Nº 187, Provincia de Santiago del Estero, Dependencia Santa Fé, Primera Junta N° 2549, Provincia de Santa Fe, Dependencia Tucumán calle Muñecas N° 363, Provincia de Tucumán, Dependencia Posadas, Córdoba N° 2025, Provincia de Misiones, Dependencia San Luis, Rivadavia N° 630, Provincia de San Luis, Dependencia Catamarca, San Martín N° 579 P.B., Provincia de Catamarca, Dependencia Boedo, Avenida Boedo N° 920, Ciudad Autónoma de Buenos Aires,  Dependencia Neuquén, Alcorta 130, Provincia de Neuquén, Dependencia San Nicolás, Mitre Nº 309, Provincia de Buenos Aires, Dependencia San Juan, Mendoza 110 sur, Provincia de San Juan, Dependencia Resistencia, Arturo Ilía 108, Provincia del Chaco,  Dependencia Corrientes, La Rioja 918, Provincia de Corrientes, Dependencia Paraná, San Martín 695, Provincia de Entre Ríos, Dependencia Santa Rosa, Hipólito Irigoyen N° 126 PB, Provincia de La Pampa y en el Sitio Web www.gemoney.com.ar.

 

BASES Y CONDICIONES DE LA ACCION PROMOCIONAL SORTEO POR $1000 CLIENTES GE MONEY NOVIEMBRE

 

GE Compañía Financiera S.A., (en adelante el “ORGANIZADOR”), con domicilio en Ingeniero Butty 240, Piso 11°, de la Ciudad ACCION PROMOCIONAL SORTEO POR $2500 PAGA ANTES Y GANA CLIENTES GE MONEY NOVIEMBRE de la República Argentina, excepto en las Provincias de Córdoba y Mendoza, comenzando el día 1° de  NOVIEMBRE de 2009 y finalizando el 30 de NOVIEMBRE de 2009  la que se ajustará a las siguientes condiciones (las “BASES Y CONDICIONES”).


CLAUSULA PRIMERA: Podrán participar de la PROMOCION las personas físicas, capaces y mayores de 18 años, domiciliadas en la República Argentina, excepto en las Provincias de Córdoba y Mendoza.

En esta PROMOCIÓN no podrán participar empleados ni directivos del ORGANIZADOR, ni sus parientes consanguíneos o afines en línea recta hasta el segundo grado.


CLAUSULA SEGUNDA – SIN OBLIGACION DE COMPRA: La participación en la PROMOCION no implica obligación de compra alguna. Para participar en la PROMOCIÓN cada interesado deberá: (i)  haber obtenido un cupón en la forma que se detalla en la cláusula Tercera del presente y completarlo/s en todas sus partes conforme a las instrucciones contenidas en los mismos, indicando en forma clara y legible todos los datos allí solicitados; o (ii) ser titular de una tarjeta de crédito MasterCard GE Money y cumplir con todos los requisitos y condiciones que se mencionan en la Cláusula Tercera.
Para poder participar del sorteo por el premio que se indica en las presentes BASES Y CONDICIONES, todos los cupones válidos generados de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Tercera del presente deberán ser completados y presentados por los participantes en las dependencias del ORGANIZADOR listadas en la Cláusula Décimo Sexta del presente y/ingresados en forma automática a los registros del ORGANIZADOR siempre y cuando cumpliera con los requisitos necesarios para participar detallados en la cláusula tercera en el sorteo del PREMIO.


CLAUSULA TERCERA: Condiciones para Participar.

 

1. Los cupones podrán ser obtenidos de la siguiente forma:

Personalmente, retirando hasta un cupón por persona de lunes a viernes en el horario de 10.00 hs. a 14.00 hs. en Juan Bautista de La Salle 653, Piso 2° San isidro, CP 1642, San Isidro, Provincia de Buenos Aires;

 

Enviando una carta por correo a la calle Juan Bautista de La Salle 653, Piso 2° San Isidro, CP 1642, San Isidro Provincia de Buenos Aires, en la que en forma clara y legible diga en el dorso “quiero participar de la promoción Programa de Recompensas de Buenos Clientes de tarjetas MasterCard GE Money del mes de NOVIEMBRE de 2009”. La carta deberá contener en forma clara y legible la totalidad de la siguiente información: (a) nombre y apellido del participante, (b) fecha de nacimiento, (c) Documento Nacional de Identidad, (d) domicilio, (e) teléfono y (f) ocupación. Se generará un cupón por persona por cada carta que contenga la información requerida.

2.  Participarán también todos aquellos clientes titulares que (i) hayan consumido con la tarjeta MasterCard Ge Money el mes inmediato anterior,  (ii) que no se encuentren en mora en el pago de su tarjeta y (iii) que hayan pagado el total del último resumen de cuenta al menos 2 días antes de la fecha de vencimiento de la misma.

 

CLAUSULA CUARTA: PREMIO:

a) Todos los participantes de la PROMOCIÓN podrán participar del sorteo, el cual se realizará conforme a lo descripto en la Cláusula Quinta del presente, y por el cual en el caso de que el ganador haya participado conforme a lo establecido en el punto 2. de la Cláusula Tercera, será beneficiado con la acreditación por única vez de la suma de $2.500 (pesos dos mil quinientos) en la cuenta de su Tarjeta MasterCard GE Money en el resumen de cuenta próximo inmediato al sorteo. En el caso de que la persona que resulte ganadora del PREMIO no sea titular de una tarjeta de crédito MasterCard GE Money y haya participado conforme a los puntos (i) ó (ii) de la Cláusula Tercera, se le entregará un cheque cruzado no a la orden por la suma de $2.500 (pesos dos mil quinientos), el que le será entregado en Juan Bautista de La Salle 653, Piso 2° San Isidro, CP 1642, San Isidro Provincia de Buenos Aires en los próximos cinco días del mes próximo inmediato al sorteo.


CLAUSULA QUINTA: El sorteo tendrá lugar entre el día 15 y el 20 de Noviembre de 2009 en el horario de 11 hs. en Juan Bautista de La Salle 653, Piso 2° San Isidro, CP 1642, San Isidro Provincia de Buenos Aires mediante extracción simple y al azar de un (1) cupón a través de la utilización de un software que seleccionará un número al azar, cupón que, que en caso de ser válido y estar debidamente completado será considerado ganador del PREMIO.

En caso que por cualquier motivo los cupones extraídos no cumplieran con los requisitos establecidos en las presentes BASES Y CONDICIONES, se considerarán nulos y se volverá a realizar una nueva extracción del mismo modo descripto anteriormente, hasta extraer uno debidamente generado, el cual será considerado ganador.

El acto de selección del ganador será supervisado íntegramente por el gerente de marketing del ORGANIZADOR, quien estará a cargo de verificar la transparencia del acto.

El PREMIO no es transferible ni modificable, y no podrá ser reclamado por otras personas que no sean el ganador.


CLAUSULA SEXTA: El ORGANIZADOR informará el nombre del ganador del PREMIO por anuncio en las dependencias para la prestación de determinados servicios del ORGANIZADOR listadas en la cláusula décimo quinta del presente y en el sitio Web www.gemoney.com.ar dentro de los cinco (5) días hábiles de realizado el sorteo y durante diez (10) días corridos. Asimismo, se cursará notificación personal al ganador del PREMIO telefónicamente o por telegrama al domicilio indicado por el participante en el cupón, quien deberá presentarse a reclamarlo, en caso de corresponder, muñidos de su documento nacional de identidad, en el lugar y la fecha que allí se le indique conforme a lo descripto en la Cláusula Cuarta. Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula Séptima, el nombre y apellido del ganador podrá ser publicado por el ORGANIZADOR en un medio de circulación nacional dentro de los diez (10) días corridos de finalizado el sorteo, lo que es consentido por todo participante de la PROMOCIÓN por el solo hecho de participar en la misma.

La falta de presentación en el lugar y fecha convenidos hará perder automáticamente al ganador el derecho a recibir el PREMIO.

Si el ganador no se presentare a reclamar el PREMIO en el período mencionado en la cláusula Cuarta , se procederá a tomar a uno de los ganadores suplentes obtenidos en el sorteo,  bajo los mismos términos y condiciones estipuladas en las presentes BASES Y CONDICIONES y será comunicado conforme el primer párrafo de esta cláusula y a través de los puestos permanentes de promoción participantes de la PROMOCION y en el Sitio Web www.gemoney.com.ar durante cinco (5) días corridos. 


CLAUSULA SEPTIMA: La probabilidad matemática de acceder al PREMIO por el sorteo dependerá de la cantidad de cupones debidamente completados y generados durante la vigencia de la presente PROMOCIÓN. En forma estimada, en el supuesto de que participaran 2.500 (dos mil quinientos) cupones, la probabilidad de ganar un PREMIO por sorteo es de 1 (uno) en 2.500 (dos mil quinientos). Ello así, siempre y cuando todos los cupones extraídos estén debidamente completos y cumplan con los demás requisitos de esta PROMOCIÓN.


CLAUSULA OCTAVA: Por el solo hecho de participar en la PROMOCIÓN, el ganador autoriza al ORGANIZADOR a difundir sus datos, imágenes y voces con fines publicitarios, en los medios y formas que el ORGANIZADOR disponga sin derecho a compensación alguna, durante la vigencia de la PROMOCION y hasta un (1) año de finalizada la misma.


CLAUSULA NOVENA: El ORGANIZADOR se reserva el derecho a establecer e interpretar aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en las presentes BASES Y CONDICIONES.

CLAUSULA DECIMA: Cuando circunstancias no imputables al ORGANIZADOR y no previstas en estas BASES Y CONDICIONES o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el ORGANIZADOR podrá cancelar, suspender, o modificar la PROMOCIÓN, aclarándose que, cualquier situación será ajustada a la legislación vigente en la materia y debidamente comunicada a los participantes.


CLAUSULA DECIMO PRIMERA: Los participantes eximen expresamente al ORGANIZADOR de toda responsabilidad ocasionada por cualquier daño o perjuicio sufrido por los participantes, proveniente de caso fortuito o fuerza mayor, hechos de terceros y/o cualquier responsabilidad que no le resultara imputable en forma directa al ORGANIZADOR.


CLAUSULA DECIMO SEGUNDA: La participación en la PROMOCIÓN implica para todo participante el conocimiento y la aceptación integral de las presentes BASES Y CONDICIONES, así como las decisiones que adopte el ORGANIZADOR sobre cualquier cuestión prevista o no en las mismas. Las resoluciones tomadas por el ORGANIZADOR tendrán carácter de definitivas e inapelables toda vez que las mismas no resulten abusivas ni infundadas, y no perjudiquen dolosamente el derecho de los participantes.


CLAUSULA DECIMO TERCERA: Una vez entregado el PREMIO, el ORGANIZADOR quedará liberado de toda responsabilidad por el mismo.


CLAUSULA DECIMO CUARTA: Será a cargo del ORGANIZADOR todo impuesto que deba tributarse sobre o en relación con el PREMIO y toda suma de dinero que deba abonarse por cualquier concepto al estado nacional, sociedades del estado, provincias o municipalidades con motivo de la organización de la PROMOCION o del ofrecimiento del PREMIO.


CLAUSULA DECIMO QUINTA: Los PREMIOS no adjudicados, si los hubiere, serán utilizados por el ORGANIZADOR como premios de acciones promocionales a desarrollarse durante los años 2009 y/o 2010.

CLAUSULA DECIMO SEXTA - CONSULTE EN LOS PUESTOS PARA LA PRESTACIÓN DE DETERMINADOS SERVICIOS – CONSULTE EN LOS LOCALES DE VENTA: En cumplimiento con la legislación vigente, las presentes BASES Y CONDICIONES estarán a la vista de los consumidores, disponibles para ser consultadas y solicitadas durante toda la vigencia de la PROMOCION, en las dependencias para la prestación de determinados servicios del ORGANIZADOR ubicadas en Dependencia Avellaneda, Av. Mitre 509, Provincia de Buenos Aires, Dependencia San Justo, Perú 2547, Provincia de Buenos Aires, Dependencia San Miguel, Av. Balbín 1130, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Lanús, 29 de Noviembre 1986, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Morón, Almirante Brown 764 / 772, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Constitución, Av. Brasil 1283, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dependencia Lomas de Zamora, C. Pellegrini 61, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Moreno, Merlo 2867, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Once,  Av Rivadavia 2650, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dependencia San Fernando, Alvear 1177, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Primera Junta, Rojas 18, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dependencia Monte Grande, Rojas 54, Provincia de Buenos Aires, Dependencia La Plata, Calle 46 N° 610 / 606, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Escobar, AV Tapia de Cruz 341, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Mar de Plata, Santa Fé N° 1862/78, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Boulogne, Av. Rolón 2261, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Rosario, San Martín 771, Provincia de Santa Fe, , Dependencia Santiago del Estero, Tucumán Nº 187, Provincia de Santiago del Estero, Dependencia Santa Fé, Primera Junta N° 2549, Provincia de Santa Fe, Dependencia Tucumán calle Muñecas N° 363, Provincia de Tucumán, Dependencia Posadas, Córdoba N° 2025, Provincia de Misiones, Dependencia San Luis, Rivadavia N° 630, Provincia de San Luis, Dependencia Catamarca, San Martín N° 579 P.B., Provincia de Catamarca, Dependencia Boedo, Avenida Boedo N° 920, Ciudad Autónoma de Buenos Aires,  Dependencia Neuquén, Alcorta 130, Provincia de Neuquén, Dependencia San Nicolás, Mitre Nº 309, Provincia de Buenos Aires, Dependencia San Juan, Mendoza 110 sur, Provincia de San Juan, Dependencia Resistencia, Arturo Ilía 108, Provincia del Chaco,  Dependencia Corrientes, La Rioja 918, Provincia de Corrientes, Dependencia Paraná, San Martín 695, Provincia de Entre Ríos, Dependencia Santa Rosa, Hipólito Irigoyen N° 126 PB, Provincia de La Pampa y en el Sitio Web www.gemoney.com.ar.

 

BASES Y CONDICIONES DE LA ACCION PROMOCIONAL SORTEO POR $2500 PAGA ANTES Y GANA CLIENTES GE MONEY SEPTIEMBRE


GE Compañía Financiera S.A., (en adelante el “ORGANIZADOR”), con domicilio en Ingeniero Butty 240, Piso 11°, de la Ciudad ACCION PROMOCIONAL SORTEO POR $2500 PAGA ANTES Y GANA CLIENTES GE MONEY SEPTIEMBRE de la República Argentina, excepto en las Provincias de Córdoba y Mendoza, comenzando el día 1° de  SEPTIEMBRE de 2009 y finalizando el 30 de SEPTIEMBRE de 2009  la que se ajustará a las siguientes condiciones (las “BASES Y CONDICIONES”).


CLAUSULA PRIMERA: Podrán participar de la PROMOCION las personas físicas, capaces y Septiembreres de 18 años, domiciliadas en la República Argentina, excepto en las Provincias de Córdoba y Mendoza.

En esta PROMOCIÓN no podrán participar empleados ni directivos del ORGANIZADOR, ni sus parientes consanguíneos o afines en línea recta hasta el segundo grado.


CLAUSULA SEGUNDA – SIN OBLIGACION DE COMPRA: La participación en la PROMOCION no implica obligación de compra alguna. Para participar en la PROMOCIÓN cada interesado deberá: (i)  haber obtenido un cupón en la forma que se detalla en la cláusula Tercera del presente y completarlo/s en todas sus partes conforme a las instrucciones contenidas en los mismos, indicando en forma clara y legible todos los datos allí solicitados; o (ii) ser titular de una tarjeta de crédito MasterCard GE Money y cumplir con todos los requisitos y condiciones que se mencionan en la Cláusula Tercera.
Para poder participar del sorteo por el premio que se indica en las presentes BASES Y CONDICIONES, todos los cupones válidos generados de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Tercera del presente deberán ser completados y presentados por los participantes en las dependencias del ORGANIZADOR listadas en la Cláusula Décimo Sexta del presente y/oingresados en forma automática a los registros del ORGANIZADOR siempre y cuando cumpliera con los requisitos necesarios para participar detallados en la cláusula tercera en el sorteo del PREMIO.


CLAUSULA TERCERA: Condiciones para Participar.

1. Los cupones podrán ser obtenidos de la siguiente forma:

Personalmente, retirando hasta un cupón por persona de lunes a viernes en el horario de 10.00 hs. a 14.00 hs. en Juan Bautista de La Salle 653, Piso 2° San isidro, CP 1642, San Isidro, Provincia de Buenos Aires;

 

Enviando una carta por correo a la calle Juan Bautista de La Salle 653, Piso 2° San Isidro, CP 1642, San Isidro Provincia de Buenos Aires, en la que en forma clara y legible diga en el dorso “quiero participar de la promoción Programa de Recompensas de Buenos Clientes de tarjetas MasterCard GE Money del mes de SEPTIEMBRE de 2009”. La carta deberá contener en forma clara y legible la totalidad de la siguiente información: (a) nombre y apellido del participante, (b) fecha de nacimiento, (c) Documento Nacional de Identidad, (d) domicilio, (e) teléfono y (f) ocupación. Se generará un cupón por persona por cada carta que contenga la información requerida.

2.  Participarán también todos aquellos clientes titulares que (i) hayan consumido con la tarjeta MasterCard Ge Money el mes inmediato anterior,  (ii) que no se encuentren en mora en el pago de su tarjeta y (iii) que hayan pagado el total del último resumen de cuenta al menos 2 días antes de la fecha de vencimiento de la misma.

 

CLAUSULA CUARTA: PREMIO:

a) Todos los participantes de la PROMOCIÓN podrán participar del sorteo, el cual se realizará conforme a lo descripto en la Cláusula Quinta del presente, y por el cual en el caso de que el ganador haya participado conforme a lo establecido en el punto 2. de la Cláusula Tercera, será beneficiado con la acreditación por única vez de la suma de $2.500 (pesos dos mil quinientos) en la cuenta de su Tarjeta MasterCard GE Money en el resumen de cuenta próximo inmediato al ssorteo. En el caso de que la persona que resulte ganadora del PREMIO no sea titular de una tarjeta de crédito MasterCard GE Money y haya participado conforme a los puntos (i) ó (ii) de la Cláusula Tercera, se le entregará un cheque cruzado no a la orden por la suma de $2.500 (pesos dos mil quinientos), el que le será entregado en Juan Bautista de La Salle 653, Piso 2° San Isidro, CP 1642, San Isidro Provincia de Buenos Aires en los próximos cinco días del mes próximo inmediato al sorteo.


CLAUSULA QUINTA: El sorteo tendrá lugar entre el día 15 y el 20 de Septiembre de 2009 en el horario de 11 hs. en Juan Bautista de La Salle 653, Piso 2° San Isidro, CP 1642, San Isidro Provincia de Buenos Aires mediante extracción simple y al azar de un (1) cupón a través de la utilización de un software que seleccionará un número al azar, cupón que, que en caso de ser válido y estar debidamente completado será considerado ganador del PREMIO.

En caso que por cualquier motivo los cupones extraídos no cumplieran con los requisitos establecidos en las presentes BASES Y CONDICIONES, se considerarán nulos y se volverá a realizar una nueva extracción del mismo modo descripto anteriormente, hasta extraer uno debidamente generado, el cual será considerado ganador.

El acto de selección del ganador será supervisado íntegramente por el gerente de marketing del ORGANIZADOR, quien estará a cargo de verificar la transparencia del acto.

El PREMIO no es transferible ni modificable, y no podrá ser reclamado por otras personas que no sean el ganador.


CLAUSULA SEXTA: El ORGANIZADOR informará el nombre del ganador del PREMIO por anuncio en las dependencias para la prestación de determinados servicios del ORGANIZADOR listadas en la cláusula décimo quinta del presente y en el sitio Web www.gemoney.com.ar dentro de los cinco (5) días hábiles de realizado el sorteo y durante diez (10) días corridos. Asimismo, se cursará notificación personal al ganador del PREMIO telefónicamente o por telegrama al domicilio indicado por el participante en el cupón, quien deberá presentarse a reclamarlo, en caso de corresponder, munido de su documento nacional de identidad, en el lugar y la fecha que allí se le indique conforme a lo descripto en la Cláusula Cuarta. Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula Séptima, el nombre y apellido del ganador podrá ser publicado por el ORGANIZADOR en un medio de circulación nacional dentro de los diez (10) días corridos de finalizado el sorteo, lo que es consentido por todo participante de la PROMOCIÓN por el solo hecho de participar en la misma.

La falta de presentación en el lugar y fecha convenidos hará perder automáticamente al ganador el derecho a recibir el PREMIO.

Si el ganador no se presentare a reclamar el PREMIO en el período mencionado en la cláusula Cuarta , se procederá a tomar a uno de los ganadores suplentes obtenidos en el sorteo,  bajo los mismos términos y condiciones estipuladas en las presentes BASES Y CONDICIONES y será comunicado conforme el primer párrafo de esta cláusula y a través de los puestos permanentes de promoción participantes de la PROMOCION y en el Sitio Web www.gemoney.com.ar durante cinco (5) días corridos. 


CLAUSULA SEPTIMA: La probabilidad matemática de acceder al PREMIO por el sorteo dependerá de la cantidad de cupones debidamente completados y generados durante la vigencia de la presente PROMOCIÓN. En forma estimada, en el supuesto de que participaran 2.500 (dos mil quinientos) cupones, la probabilidad de ganar un PREMIO por sorteo es de 1 (uno) en 2.500 (dos mil quinientos). Ello así, siempre y cuando todos los cupones extraídos estén debidamente completos y cumplan con los demás requisitos de esta PROMOCIÓN.


CLAUSULA OCTAVA: Por el solo hecho de participar en la PROMOCIÓN, el ganador autoriza al ORGANIZADOR a difundir sus datos, imágenes y voces con fines publicitarios, en los medios y formas que el ORGANIZADOR disponga sin derecho a compensación alguna, durante la vigencia de la PROMOCION y hasta un (1) año de finalizada la misma.


CLAUSULA NOVENA: El ORGANIZADOR se reserva el derecho a establecer e interpretar aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en las presentes BASES Y CONDICIONES.


CLAUSULA DECIMA: Cuando circunstancias no imputables al ORGANIZADOR y no previstas en estas BASES Y CONDICIONES o que constituyan caso fortuito o fuerza Septiembrer lo justifiquen, el ORGANIZADOR podrá cancelar, suspender, o modificar la PROMOCIÓN, aclarándose que, cualquier situación será ajustada a la legislación vigente en la materia y debidamente comunicada a los participantes.


CLAUSULA DECIMO PRIMERA: Los participantes eximen expresamente al ORGANIZADOR de toda responsabilidad ocasionada por cualquier daño o perjuicio sufrido por los participantes, proveniente de caso fortuito o fuerza Septiembrer, hechos de terceros y/o cualquier responsabilidad que no le resultare imputable en forma directa al ORGANIZADOR.


CLAUSULA DECIMO SEGUNDA: La participación en la PROMOCIÓN implica para todo participante el conocimiento y la aceptación integral de las presentes BASES Y CONDICIONES, así como las decisiones que adopte el ORGANIZADOR sobre cualquier cuestión prevista o no en las mismas. Las resoluciones tomadas por el ORGANIZADOR tendrán carácter de definitivas e inapelables toda vez que las mismas no resulten abusivas ni infundadas, y no perjudiquen dolosamente el derecho de los participantes.

CLAUSULA DECIMO TERCERA: Una vez entregado el PREMIO, el ORGANIZADOR quedará liberado de toda responsabilidad por el mismo.


CLAUSULA DECIMO CUARTA: Será a cargo del ORGANIZADOR todo impuesto que deba tributarse sobre o en relación con el PREMIO y toda suma de dinero que deba abonarse por cualquier concepto al estado nacional, sociedades del estado, provincias o municipalidades con motivo de la organización de la PROMOCION o del ofrecimiento del PREMIO.


CLAUSULA DECIMO QUINTA: Los PREMIOS no adjudicados, si los hubiere, serán utilizados por el ORGANIZADOR como premios de acciones promocionales a desarrollarse durante los años 2009 y/o 2010.


CLAUSULA DECIMO SEXTA - CONSULTE EN LOS PUESTOS PARA LA PRESTACIÓN DE DETERMINADOS SERVICIOS – CONSULTE EN LOS LOCALES DE VENTA: En cumplimiento con la legislación vigente, las presentes BASES Y CONDICIONES estarán a la vista de los consumidores, disponibles para ser consultadas y solicitadas durante toda la vigencia de la PROMOCION, en las dependencias para la prestación de determinados servicios del ORGANIZADOR ubicadas en Dependencia Avellaneda, Av. Mitre 509, Provincia de Buenos Aires, Dependencia San Justo, Perú 2547, Provincia de Buenos Aires, Dependencia San Miguel, Av. Balbín 1130, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Lanús, 29 de Septiembre 1986, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Morón, Almirate Brown 764 / 772, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Constitución, Av. Brasil 1283, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dependencia Lomas de Zamora, C. Pellegrini 61, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Moreno, Merlo 2867, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Once,  Av Rivadavia 2650, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dependencia San Fernando, Alvear 1177, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Primera Junta, Rojas 18, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dependencia Monte Grande, Rojas 54, Provincia de Buenos Aires, Dependencia La Plata, Calle 46 N° 610 / 606, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Escobar, AV Tapia de Cruz 341, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Mar de Plata, Santa Fé N° 1862/78, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Boulogne, Av. Rolón 2261, Provincia de Buenos Aires, Dependencia Rosario, San Martín 771, Provincia de Santa Fe, , Dependencia Santiago del Estero, Tucumán Nº 187, Provincia de Santiago del Estero, Dependencia Santa Fé, Primera Junta N° 2549, Provincia de Santa Fe, Dependencia Tucumán calle Muñecas N° 363, Provincia de Tucumán, Dependencia Posadas, Córdoba N° 2025, Provincia de Misiones, Dependencia San Luis, Rivadavia N° 630, Provincia de San Luis, Dependencia Catamarca, San Martín N° 579 P.B., Provincia de Catamarca, Dependencia Boedo, Avenida Boedo N° 920, Ciudad Autónoma de Buenos Aires,  Dependencia Neuquén, Alcorta 130, Provincia de Neuquén, Dependencia San Nicolás, Mitre Nº 309, Provincia de Buenos Aires, Dependencia San Juan, Mendoza 110 sur, Provincia de San Juan, Dependencia Resistencia, Arturo Ilía 108, Provincia del Chaco,  Dependencia Corrientes, La Rioja 918, Provincia de Corrientes, Dependencia Paraná, San Martín 695, Provincia de Entre Ríos, Dependencia Santa Rosa, Hipólito Irigoyen N° 126 PB, Provincia de La Pampa y en el Sitio Web www.gemoney.com.ar.


AUMENTO DE LÍMITE DE TU TARJETA CON LEGAL : SUJETO A CONDICIONES DE CONTRATACIÓN Y ANÁLISIS CREDITICIO DE GE COMPAÑÍA FINANCIERA S.A. LEY 2709 CABA: OFICINA DE ATENCIÓN AL PÚBLICO: R. L. FALCON 7138 (CAPITAL FEDERAL), HORARIO DE ATENCIÓN: DE LUNES A VIERNES DE 10 A 14HS. PARA ACCEDER A ESTA PROMOCION, LA CUENTA NO DEBE PRESENTAR MORA O BLOQUEO ADMINISTRATIVO.